En Villa Calabuey a 27 de Agosto de 1752.......



La fanega de sembradura de prados de secano de a segundo año produce el que le corresponde un carro de Yerba por ser de Tercera calidad, y no haber de otra, las tierras Yncultas por desidia y naturaleza son de campos y hegidos reales no les dan hutilidad por no producirla y responden.

13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los arboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.

A la decima tercera dijeron que a los arboles que llevan declarados no les regulan hutilidad por no producirla y responden.

14. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

A la catorce dijeron que el precio a que regularmente suelen venderse los frutos que producen la tierras que llevan declaradas es la fanegra de trigo trece reales, la de zenteno diez, y la de zebada ocho, la maña de lino tres reales, y el carro de hierba veinte y quatro reales, y en quanto al alcacer que producen las tierras arenales se remiten a lo

alcacer.
(De alcacel).
1. m. Cebada verde y en hierba.

Catastro de Ensenada

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